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Tarifazo de gas: Rechazan los amparos y convalidan el aumento con topes de 400%

El titular del Juzgado Federal 4 de La Plata, Alberto Recondo, rechazó este viernes la medida cautelar presentada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad.

El titular del Juzgado Federal 4 de La Plata, Alberto Recondo, rechazó este viernes la medida cautelar presentada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (Cepis).

Ellos solicitaban suspender las resoluciones 99 y 129/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, que fijaron topes máximos de 400 y 500 por ciento en la suba del cuadro tarifario del servicio público de gas.

«Rechazando la acción interpuesta tendiente a obtener la suspensión de las Resoluciones Nº 99/2016 y 129/2016 correspondientes al Ministerio de Energía y Minería», señala el fallo de Recondo.

Para rechazar el planteo, el juez sostuvo que «el acto administrativo citado, que importa una orden expresa dirigida al Sr. Interventor del ENARGAS, constituye suficiente manifestación de voluntad estatal como para considerar que –al menos, por el momento- no se encuentra demostrado el peligro en la demora previsto por las normas en análisis (doctrina de los arts. 198 y 230 del CPCCN)».

«En efecto, ninguna medida meramente preparatoria (que además se encuentra supeditada -en su ejecución- a las resultas de lo que se decida judicialmente) puede importar amenaza alguna como para justificar la orden cautelar solicitada», dice el fallo.

El caso se inició a partir de la presentación de Luis Sisti, apoderado del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) quien interpuso Medida Cautelar Autónoma contra el Ministerio de Energía y Minería de la Nación, con el objeto de requerir la suspensión de las resoluciones 99 y 129/2016 emitidas por el Ministerio de Energía y Minería de la Nación hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expida en la causa por el amparo colectivo contra el gobierno.

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