Política

Oficial: se promulgó la ley de pago a los fondos buitre

El Gobierno promulgó hoy la ley de pago a los fondos buitre que habilita al Ejecutivo nacional a vender bonos en el mercado hasta un máximo de 12.500 millones de dólares para cancelar la deuda en default.

El decreto con la promulgación de la norma que obliga a abonar la deuda en default a los holdouts fue publicado este viernes en el Boletín Oficial. Lleva las firmas de Marcos Peña, Alfonso Prat Gay y Gabriela Michetti.

La norma fue convertida en Ley por el Senado este jueves e incluye la derogación de las leyes Cerrojo y de Pago Soberano y que autoriza la emisión de deuda por US$12.500 millones.

Un día después que el proyecto oficialista fue aprobado en el Senado con 54 votos a favor y 16 en contra, el Ejecutivo publicó la ley en el Boletín Oficial bajo el decreto 539/2016.

La ley también insta a Prat-Gay, que dirige la cartera sobre la que recae la Autoridad de Aplicación, a ir al Congreso para informar trimestralmente el avance de las tratativas y los acuerdos a los que se arribe durante el proceso de negociación con los tenedores de deuda.

La norma habilita “todos los actos necesarios para cancelar la deuda con los tenedores de Títulos Públicos Elegibles que no estuvieren comprendidos en los acuerdos de cancelación” que ya se ejecutaron en 2005 y 2010.

Pero también contempla que “el Poder Ejecutivo nacional no asumirá ningún gasto ni cargo excedente respecto del resto de los tenedores de Títulos Públicos Elegibles abarcados en la oferta base”.

Como quedó establecido tras la discusión de la norma en el Congreso, la ley prevé “la emisión de bonos del Tesoro de la Nación y/o la contratación de otras operaciones de empréstito público por hasta un valor nominal original de dólares” de “12.500 millones de dólares”.

Además, manifiesta que “la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana no implicará renuncia alguna respecto de la inmunidad de la República Argentina con relación a la ejecución” de distintos bienes.

En el artículo 13 de la Ley, el Ejecutivo nacional dejó establecido que en 60 días se adoptarán todas las medidas necesarias tendientes para “normalizar el servicio de los títulos públicos emitidos en el marco de la reestructuración de la deuda pública”.

En uno de sus últimos puntos, la norma también establece la creación de una Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control de la Gestión de Contratación y de Pago de la Deuda Exterior de la Nación en el ámbito del Congreso.

Esta nueva comisión estará compuesta por 10 senadores y 10 diputados, que serán designados por los presidentes de ambas Cámaras a propuesta de los distintos bloques del Parlamento.

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