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Coronavirus en la Argentina: un juez declaró inconstitucional la acordada para otorgar arrestos domiciliarios

Un juez declaró inconstitucional la acordada 9/20 de la Cámara de Casación que recomendó el otorgamiento del arresto domiciliario a los presos que integren la población de riesgo por el coronavirus. El viernes pasado Germán Castelli, del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 7, rechazó el pedido de una mujer presa por narcotráfico en el penal de Ezeiza.

 

La presentación la había hecho Ana Lucía Tavara Huaman, que tiene 50 años, es diabética y tuvo cáncer en 2011. Fue detenida en julio de 2018, acusada junto a su pareja de manejar una banda de narcomenudeo desde su departamento en Caballito, donde secuestraron 8 kilos de droga fraccionada para su venta y 20 teléfonos celulares.

 

Un año atrás el TOF 7 la condenó a 4 años y 6 meses de prisión, pena que termina el 9 de enero del 2023. El juez Castelli integra ese tribunal, quedó como encargado de controlar la ejecución y solo él firma el fallo que le negó la domiciliaria. Planteó que los problemas de salud que presenta la condenada están controlados y declaró la inconstitucionalidad de la acordada.

Criticó el «paternalismo jurídico» de la resolución de Casación, habló de»impertinencia constitucional» y cuestionó que atenta contra el principio de independencia de los jueces. Lo que calificó como un pilar fundamental para garantía de «la justa resolución de conflictos», de acuerdo al fallo al que accedió Clarín.

 

Consideró que Tavara Huaman «no se trata de una persona que haya superado la franja etaria más expuesta, no se encuentra cursando un embarazo, ni tampoco tiene en la actualidad hijos lactantes». Indicó que tampoco se encuentra «en condiciones inminentes de acceder a alguno de los tipos de las libertades anticipadas (salidas transitorias, libertad condicional y libertad asistida)».

En la acordada Casación les recomendó a los tribunales inferiores que otorguen prisión domiciliaria, con monitoreo electrónico, a los presos condenados por delitos leves o «no violentos»; los que estén en condiciones de tener salidas transitorias; mujeres embarazadas y los mayores de 60 años que integren los grupos de riesgo por el COVID-19.

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